Angel
F.Llera Gutierrez Experto Universitario |
Llera Abogados |
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Nuestras
oficinas en Fuengirola (Málaga) disponen de unas cómodas
y céntricas instalaciones, así como con un profesional altamente
cualificado ofreciendo por tanto el mejor apoyo en los conflictos familiares
( separaciones, divorcios, nulidades... ) . Ayudamos a las partes a reorganizar
sus relaciones de manera que el conflicto se resuelva de la forma más
satisfactoria posible para todos, respetando, en todo caso, los intereses
de los menores afectados, cuando los haya. |
¿QUÉ
ES LA MEDIACIÓN FAMILIAR? Aunque el ámbito de la mediación es muy amplio pensemos, por ejemplo, en una situación típica con la que nos encontramos con frecuencia. Pensemos en un matrimonio que se separa porque han surgido problemas de convivencia. Es un momento difícil para ambos pero la crisis no se resolverá sino que seguramente se agravará si se recurre sin más a un Juez encargado de sentenciar quién es el culpable y quién la víctima. Son los miembros de la pareja los que, venciendo los reproches, el desengaño y el dolor de la separación deben buscar la forma que quieren que tengan sus relaciones futuras. Los hijos menores, si los hay, serán sin duda los principales beneficiarios. En un futuro próximo la mediación familiar será una instancia obligatoria previa a los Tribunales de Familia. ¿QUÉ
VENTAJAS PRESENTA LA MEDIACIÓN? Los COSTES ECONOMICOS son menores que si se acude a un litigio, pero sobre todo los COSTES EMOCIONALES son MUCHO MENORES. Disminuye la agresividad, se aprende a encauzar los sentimientos negativos intentando cada parte comprender a la otra. Los hijos menores, que muchas veces son las grandes víctimas de los procesos de separación y divorcio al ser utilizados por sus padres como arma arrojadiza, pueden superar el conflicto de forma no traumática. Solo por esto último ya valdría la pena intentar la mediación familiar. |
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¿ CUÁLES SON LAS CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LA MEDIACIÓN FAMILIAR? |
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1.
VOLUNTARIEDAD
La mediación familiar es un procedimiento voluntario. Por ello
las partes: 2.
PARTICIPACIÓN ACTIVA DE LAS PARTES Son las partes quiénes buscan gestionar el conflicto desde una estrategia de diálogo y no de confrontación. El mediador se limita a favorecer un clima de comunicación que permita crear nuevas relaciones entre las partes en conflicto.
Las partes son las que, libremente, van a intentar alcanzar los acuerdos
que van a regular sus relaciones futuras. La única limitación
es que no sean contrarios a la ley. Se pretende en todo momento que la mediación se adapte a las necesidades de las partes. No obstante, existen unos trámites mínimos que deben ser conocidos y aceptados por los interesados. Por este motivo el mediador, en la reunión inicial, deberá explicar detenidamente las reglas del procedimiento, basado en la confidencialidad y la buena fe. |
4.
CONFIDENCIALIDAD Y BUENA FE La confidencialidad permite una mayor comunicación entre las partes y por tanto mayores posibilidades de alcanzar acuerdos. Las partes pueden sincerarse porque están seguras de que nada de lo dicho será utilizado en su contra en el supuesto de que la mediación no alcance sus objetivos y se tenga que acudir a un Tribunal. El procedimiento es voluntario, nadie se ve forzado a acudir a la mediación con lo que es normal que se les exija buena fe a los interesados. Deben mantener en todo momento una actitud honrada, deseosa de llegar sin engaños a acuerdos. 5.
DURACIÓN LIMITADA. -EL MEDIADOR NO ES UN TERAPEUTA. NO DEBE DIRIGIR EL PROCESO OFRECIENDO SOLUCIONES. El mediador no es un terapeuta al que se acude para salvar la pareja cuando surge una crisis de convivencia. El terapeuta aplica técnicas para superar el conflicto, mientras que el mediador en ningún caso debe dirigir a las partes. |